Licencia Creative Commons y las Sociedades del Conocimiento
Hace unos par de años descubrí Creative Commons (http://creativecommons.org/) buscando música por internet. La casualidad, un poco de suerte y el destino me llevo a encontrar este sitio y conocer de esta gran iniciativa. El asunto es que esta organización esta muy poco difundida y pensando en el tema aquí se cruzan los intereses de la Sociedad de la Información v/s Sociedad del Conocimiento. ¿Referencia?: Towards Knowledge Societies
Que es lo que pasa actualmente: Todo el mundo baja música, imágenes, videos, textos (copy&paste), software, etc. de internet y resulta que se puede estar incurriendo en un delito de Propiedad Intelectual y hay que pagar a las compañias por la utilización de estas obras (En Chile la SCD cobra una tarifa mensual en los lugares públicos que utilizan la radio, cds y ponen música y videos, por ejemplo restaurantes, centros comerciales, discotecas, etc. Ver Preguntas Frecuentes en www.scd.cl) Es obvio que es un gran negocio vender estos productos y cobrar por las licencias y los Derechos de Autor, no se discute, pero ¿que pasa con el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos? Este dice:
Derecho a la Cultura.
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.Que es lo que pasa actualmente: Todo el mundo baja música, imágenes, videos, textos (copy&paste), software, etc. de internet y resulta que se puede estar incurriendo en un delito de Propiedad Intelectual y hay que pagar a las compañias por la utilización de estas obras (En Chile la SCD cobra una tarifa mensual en los lugares públicos que utilizan la radio, cds y ponen música y videos, por ejemplo restaurantes, centros comerciales, discotecas, etc. Ver Preguntas Frecuentes en www.scd.cl) Es obvio que es un gran negocio vender estos productos y cobrar por las licencias y los Derechos de Autor, no se discute, pero ¿que pasa con el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos? Este dice:
Derecho a la Cultura.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
(Declaración Universal de los Derechos Humanos editado por Amnistía Internacional Cataluña (Grup d’educadors), 2004. Alfons XII, 19-21. 08006 Barcelona. www.ai-cat.org/educadors)
Por una parte, es nuestro derecho tomar parte, gozar, participar y beneficiarnos de las artes y el progreso científico y por otra también proteger estas obras. Muy bien, de acuerdo. Pero aquí hay dos variantes de ejercer este derecho : El que plantean "los informacionales" v/s "los conocedores".
Realmente increible ¿no creen? Por cierto, esta organización cumple con promover la creación cultural y también con la protección de los intereses morales y materiales de las obras intelectuales. Una prueba de esto es también Science Commons un proyecto que utiliza la filosofía y las actividades de Creative Commons en el campo de la ciencia. El objetivo de Science Commons es animar la innovación científica facilitando a los científicos, universidades y empresas la consulta de bibliografía, datos y otras propiedades intelectuales científicas, así como, compartir el conocimiento con los demás. Science Commons trabaja con el copyright actual y la ley de las patentes para promover mecanismos legales y técnicos para anular las barreras que impiden compartir ideas y materiales.
Creative Commons, para mí, es un ejemplo de Sociedades del Conocimiento o del Saber. La pluralidad y diversidad de obras que se pueden encontrar es increible, sonidos de diferentes latitudes y que pueden ser compartidos, modificados, mezclados...Un solo detalle: Los colaboradores de esta parte del mundo no son lo que yo esperaba, al parecer, porqué con suerte tienen computador, o no lo consideran necesario. En fin, me atreví a compartir con Uds. este texto y esta imágen licenciada con Creative Commons para que puedan hacer uso de ella y compartirla si así lo quieren. ¿Por qué hago esto? Porqué es importante "difundir el mensaje" y para un profesor no hay nada más gratificante (al igual que la filosofía Commons) que compartir el conocimiento con los demás.
Apaga la tele by
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